
SECCIÓN OPINIÓN
¿Sabe a quién se debe reportar un accidente de trabajo en el Banco?
por Licda. Mariela Núñez Meza, gestora de Salud Ocupacional, Unidad Bienestar Laboral
La Unidad Bienestar Laboral recibe a diario reportes de situaciones de salud que les suceden a las personas trabajadoras del Conglomerado. Lamentablemente por falta de conocimiento, es común que haya pasado tiempo de ocurrido el incidente y cuando se busca solución, las posibilidades de aceptación se reducen.
La mayor proporción de accidentes de trabajo ocurre durante el trayecto hacia o desde el lugar de trabajo, siendo los accidentes de tránsito en motocicleta los más frecuentes. Esta realidad no solo se observa en las estadísticas de accidentabilidad del BCR, sino también a nivel nacional. De acuerdo con información proporcionada por el Instituto Nacional de Seguros (INS) durante las inspecciones realizadas al consultorio de Servicios Médicos, los accidentes de tránsito representan la principal causa de accidentes de trabajo en Costa Rica.
Por eso queremos hacer un llamado a que se cuiden en carretera, que tengan precaución porque los necesitamos en el Banco y en sus hogares también los esperan con ilusión.
Además, se recuerda que, ante un accidente de trabajo, ya sea una caída, un golpe, una herida, un “majonazo” u otra situación similar ocurrida dentro o fuera de las instalaciones del Banco, así como durante el trayecto hacia el trabajo o de regreso al hogar, la persona trabajadora debe reportar lo sucedido de inmediato a su jefatura y a la Unidad Bienestar Laboral. Asimismo, Servicios Médicos forma parte de la red de Consultorios Médicos del INS, por lo que los casos amparados por esta entidad se valoran inicialmente en dicho consultorio.
Para tramitar el reporte de un caso ante el INS, no es suficiente contar con una referencia de la CCSS ni con la opinión de un médico privado o de terceros que consideren que lo sucedido será reconocido como un accidente de trabajo.
Corresponde al patrono investigar los hechos y determinar si estos cumplen con los criterios establecidos en la Ley de Riesgos del Trabajo para ser amparados por la póliza de Riesgos del Trabajo (RT). Es importante recordar que el Seguro Obligatorio Automotor (SOA) corresponde a una póliza distinta.
Para gestionar el reporte de un caso ante el INS, antes de acudir a cualquier centro médico de esta institución, se requiere contar con la siguiente información:
- Fecha, hora y lugar donde ocurrió el accidente
- Fecha del reporte
- Dirección y número de teléfono de contacto
- Horario de trabajo
- Descripción clara y detallada de lo sucedido
- Número de cuenta IBAN
- Partes del cuerpo afectadas
Esta información constituye una declaración jurada de los hechos; por lo tanto, debe suministrarse de manera clara, completa y con el mayor nivel de detalle posible.
En el siguiente enlace se encuentra el formulario que debe completar y firmar la persona accidentada. Cuando la naturaleza del accidente lo amerite, la declaración también podrá ser completada por la jefatura correspondiente.







