Gerencia de Estrategia y Gobierno Corporativo. 25/05/2020
TRANSPARENCIA Y DIVULGACIÓN
De acuerdo con el artículo 1 de la Ley 9398 “Ley para perfeccionar la rendición de cuentas” del 28 de setiembre de 2016, “como parte de la obligación constitucional que tienen los funcionarios públicos de rendir cuentas por su labor y en aras de que dicho ejercicio contribuya al mejoramiento continuo en la calidad del accionar estatal, se establece la obligación de los rectores sectoriales, jerarcas ministeriales, de entes descentralizados institucionales y de órganos de desconcentración máxima, de elaborar, publicar y divulgar un informe anual, escrito, de la labor desarrollada por la o las instituciones a su cargo.”
Actualmente todas las empresas propiedad del Estado (EPE), y las instituciones autónomas están sometidas a controles de diversa índole en materia de transparencia y rendición de cuentas, reflejados por una parte en la garantía constitucional de acceso a la información, así como una estructura que procura un planeamiento efectivo y el correcto uso de los recursos del Estado, y por otra parte, en labores desempeñadas por la Contraloría General de la República, el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, y las diferentes Superintendencias.
Que sin menoscabo de estos controles y funciones ya definidos por ley, debe establecerse una política general que resulte de observancia obligatoria a todas las empresas propiedad del Estado e instituciones autónomas, con el fin de asegurar altos estándares de transparencia y divulgación de la información como base de cualquier estructura de gobierno corporativo sólida. Esto dará reforzado sustento al derecho de la propiedad accionaria del Estado; al permitirle obtener información esencial para el ejercicio de esta, y al deber de rendición de cuentas a los ciudadanos como beneficiarios finales.
Por medio de la Directriz N.º073 “Transparencia y Acceso a la Información Pública” del 27 de abril de 2017, se instruye a las instituciones que conforman la Administración Pública Descentralizada para que adopten todas las acciones necesarias para garantizar el ejercicio efectivo del derecho humano de acceso a la información pública, de forma proactiva, oportuna, oficiosa, completa y accesible.
Asimismo a través de la Directriz N.º102-MP “Política General sobre Transparencia y Divulgación de Información Financiera y no Financiera para Empresas Propiedad del Estado, sus Subsidiarias, e Instituciones Autónomas”, en el capítulo II “Transparencia y Divulgación”, artículo N.º8 “Informe Público Anual”, se instruye a todos los sujetos cubiertos por esta directriz, para que en la Memoria o Informe Anual de Labores, procedan a incorporar información diversa de interés público.
Adicionalmente se instruye a las entidades a emitir declaraciones públicas, accesibles en su sitio web, que resuman el impacto de cambios en sus circunstancias, en su mercado o en el entorno (eventos materiales) cada vez que estos eventos resulten significativos. Estas deben actualizarse, como mínimo, cada tres meses. En el caso de las instituciones que cumplen con la publicación anual de informes sobre Gobierno Corporativo, se les instruye a incluir una breve descripción de esto dentro de sus informes anuales de gestión, y asegurarse de que toda información indicada en el artículo N.º8 de la citada Directriz N.º 102-MP, sea incluida en sus informes de Gobierno Corporativo.
Por todo lo anteriormente indicado, es que el Conglomerado Financiero BCR, en cumplimiento de los principios de transparencia y divulgación señalados, pone a disposición de sus clientes en la página Web y en la Comunidad del Comité Corporativo Ejecutivo, la Memoria Anual 2019, si desea conocer la Memoria Anual haga CLIC AQUÍ.


