Oficina de Estrategia y Gobierno Corporativo. 08/09/2020
NUEVO REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL Y PRIVILEGIADA EN EL CONGLOMERADO FINANCIERO BCR.
El Conglomerado Financiero BCR oficializó en Docubcr, e hizo público en el diario oficial la Gaceta del pasado 24 de agosto, su Nuevo Reglamento para la Gestión de la información confidencial y privilegiada
Este documento fue aprobado por la Junta Directiva General del Banco de Costa Rica en la sesión 30-2020, artículo VIII del 04 de agosto del 2020 y está vinculado al cumplimiento de lo establecido en la Directriz N°102–MP "Política general sobre transparencia y divulgación de información financiera y no financiera para empresas propiedad del Estado, sus Subsidiarias, e instituciones autónomas", con base en el artículo 5:
ARTÍCULO 5. Información Confidencial. Será considerada como confidencial aquella información que por razones de interés público no puede ser difundida; aquella cuya divulgación implicaría una ventaja significativa para un competidor; cuando se trate de entidades que operan en mercados en competencia, u otra información que así haya sido calificada por ley o en aplicación de la ley que así lo faculte.
Resulta de aplicación lo indicado en el Decreto Ejecutivo N.º 40200-MP-MEIC-MC “Transparencia y Acceso a la Información Pública” del 27 de abril del 2017 y la Directriz N.º 073-MP-MEIC-MC del 27 de abril del 2017. Las entidades emitirán y harán de conocimiento público una política de confidencialidad para la institución, en la cual se motive de manera clara y explícita, bajo cuales supuestos se declarará la información como confidencial, con el correspondiente fundamento legal aplicable, y hacer esta política de conocimiento público. Estos supuestos deberán considerarse excepciones y no reglas.
El reglamento establece, entre otros aspectos lo siguiente:
- El deber de confidencialidad que tiene el Conglomerado y sus personas trabajadoras de guardar el sigilo respectivo.
- La obligación de las personas trabajadoras del Conglomerado, de cumplir con el nuevo reglamento.
- Las responsabilidades de las gerencias generales, subgerencias y gerencias de velar por el cumplimiento de lo establecido en este reglamento.
- El marco sancionatorio para las personas trabajadoras del Conglomerado, sino actúan con probidad en materia de confidencialidad.
- La información y/o documentación de carácter confidencial para el Conglomerado.
- La alerta de confidencialidad de las gerencias a las personas bajo su administración.
- El escalamiento y la solicitud de opinión, en caso de duda sobre el carácter de confidencialidad y privilegio.
- Las personas trabajadoras del Conglomerado deben proteger el carácter confidencial y privilegiado mediante conductas prudentes que eviten hacer revelaciones.
- Los casos justificados mediante los cuales se puede dar acceso a la información y/o documentación confidencial.
- La utilización de la información y/o documentación confidencial solo para lo fines que fue creada o adquirida.
- El acceso de forma indebida a la información y/o documentación confidencial y privilegiada por personas no autorizadas, debe ser comunicado al superior inmediato o en su defecto a otro superior o unidad administrativa mediante el mecanismo interno vigente.
Así las cosas, por la relevancia del nuevo reglamento en materia de confidencialidad para toda la familia del Conglomerado Financiero BCR, los invitamos a conocer detalladamente el documento B-18-20 a través de DocuBCR o haga CLIC AQUÍ.

