¡Sobre recepción de Comprobantes Electrónicos en procesos de Compras!
La Unidad de Gestión Fiscal informa que, conforme a las Disposiciones Administrativas para la Recepción, Emisión y Aceptación de Comprobantes Electrónicos B-19-20, todas las personas trabajadoras encargadas de gestionar la recepción, aceptación y/o pago de comprobantes electrónicos en el Banco de Costa Rica deberán verificar que estos cumplan con los requisitos establecidos para ser procesados correctamente. A continuación, detallamos los aspectos esenciales a verificar:
1.Documentación completa: El proveedor deberá remitir los siguientes tres documentos correspondientes al comprobante electrónico:
- Comprobante en formato PDF.
- Comprobante en formato XML.
- Mensaje de Hacienda en formato XML.
2.Tipo de comprobante electrónico: El tipo de comprobante debe corresponder a una de las siguientes categorías:
- Factura Electrónica.
- Nota de Débito Electrónica.
- Nota de Crédito Electrónica.
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Nota importante: El Banco de Costa Rica no aceptará Tiquetes Electrónicos, ya que según el Reglamento de Comprobantes Electrónicos para Efectos Tributarios N°41820H, estos no son válidos para justificar gastos ni créditos fiscales. |
3.Validación del Mensaje de Hacienda: Se debe verificar que el archivo XML del Mensaje de Hacienda contenga el valor 1 en el campo <mensaje> (<mensaje>1</mensaje>), lo cual confirma la aceptación del comprobante por parte de la Administración Tributaria.
Para más información ponemos a su disposición la Comunidad de Gestión Fiscal aquí.
Para consultas adicionales, favor comunicarse al correo: gestion_fiscal@bancobcr.com

