
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) emitió el pasado 14 de abril el Decreto No. 1-2020, en el que se indica la ampliación de la vigencia de las cédulas de identidad hasta el próximo 31 de julio. Esta medida aplica para todas aquellas cédulas de personas físicas nacionales cuya fecha de vencimiento esté comprendida entre el 4 de febrero y el 30 de julio del año 2020.
El decreto ya fue publicado en La Gaceta y tiene como objetivo reforzar las medidas para evitar las aglomeraciones y por consiguiente, el contagio del COVID-19.
Es importante indicar que el cliente o usuario debe portar en todo momento su documento de identificación, por lo que este beneficio no aplica para cédulas reportadas como robadas o extraviadas, para estas situaciones el TSE continuará expidiéndolas tanto en San José como en sus 32 Oficinas Regionales.
Además, la entidad indica que cada institución o ente público que cuente con información de las bases de datos del TSE, deberá ajustar sus sistemas o desarrollos informáticos para que el dato de vencimiento de la cédula coincida con la prórroga decretada.
El BCR no debe rechazar los trámites de los clientes que presenten un documento de identificación con las características indicadas.
|
IMPORTANTE:
Actualización de estas medidas para el 2021
CLIC AQUÍ
|
Además, la Dirección General de Migración y Extranjería publicó el Decreto No. 42238-MGP-2 y la Resolución DJUR-043-03-2019, en los que se indica que: los Permisos de trabajo, el Carné de refugiado temporal, los DIMEX de: refugiados, residentes permanentes, residentes temporales, residentes temporales con condición especial, residentes permanentes con condición especial, vencidos y cuya cita de renovación estaba programada entre el 17 de marzo y el 17 de mayo, se prorrogan automáticamente hasta el 17 de julio de 2020.
|
IMPORTANTE:
Actualización de estas medidas al 8 de julio
CLIC AQUÍ
|