En la Gaceta No. 145 del pasado jueves 18 junio de 2020, se emitió el Decreto N° 3-2020 del Tribunal Supremo de Elecciones, denominado: Prórroga de la fecha de vigencia de las cédulas de identidad vencidas e inicio paulatino de renovación (descargar).
En dicho decreto se indica la ampliación de la vigencia de las cédulas de identidad hasta el 6 de febrero de 2022. Dicha medida aplica para todas aquellas cédulas de identidad que venzan en el período comprendido entre el 4 de febrero de 2020 y el 5 de febrero de 2022, ambas fechas inclusive.
Asimismo, la entidad indica que cada institución o ente público que cuente con información de las bases de datos del TSE, deberá ajustar sus sistemas o desarrollos informáticos para que el dato de vencimiento de la cédula coincida con la prórroga decretada.
Recordar que el cliente o usuario debe portar en todo momento su documento de identificación, por lo que este beneficio no aplica para cédulas reportadas como robadas o extraviadas.
Todas las oficinas deben aplicar los lineamientos descritos y no rechazar los trámites de los clientes que presenten un documento de identificación con las características indicadas.

