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La Oficina de Contratación Administrativa les estará informando sobre aspectos importantes sobre la nueva Ley de General de Contratación Pública Decreto Legislativo N° 9986 y su reglamento, y cuáles serán los impactos en el Banco de Costa Rica.
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Incorporación de criterios sustentables en los pliegos de condiciones
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De acuerdo con lo establecido en la Ley General de Contratación Pública y su reglamento sobre la incorporación de criterios sustentables, se describe lo siguiente:
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Dado lo anterior, considerar lo siguiente:
- Los criterios sustentables no pueden superar el 25% del sistema de evaluación.
- Los criterios sustentables se deben de incluir dentro del estudio de mercado, para ello, pueden utilizar la Herramienta para la identificación de riesgos y criterios ASG para las compras sostenibles del CFBCR según las Disposiciones para la Contratación Pública en el Conglomerado Financiero BCR (solicitar este documento mediante el correo electrónico: comprassostenibles@bancobcr.com) ,dado que la omisión del proceso de investigación de mercado que respalde la inclusión de criterios implicará su desaplicación para el respectivo procedimiento, salvo que se incorpore al expediente de la contratación previo a la apertura y, en tal caso, se amplíe la recepción de ofertas al mínimo requerido conforme al tipo de procedimiento.
- Respetarse los lineamientos que emita la Autoridad de Contratación Pública. No obstante, la Administración cuenta con la discrecionalidad para definir la ponderación que le otorgará a cada criterio.
- El criterio sustentable debe de ser verificable, y estar relacionado con el tipo de procedimiento que se está promoviendo.
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Para consultas relacionadas, por favor comunicarse al correo electrónico:
contratacion_administrativa@bancobcr.com
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