La Oficina de Contratación Administrativa informa que el tiquete electrónico no tiene valor para respaldo de gastos
De conformidad con el Reglamento de comprobantes electrónicos para efectos tributarios, el tiquete electrónico no tiene valor para respaldo de gastos, por lo que en adelante para todas las compras que realicen a nombre del Banco es necesario solicitar la factura electrónica a fin de que puedan realizar el cobro del gasto.

