| |
REGRESAR A LAS CÁPSULAS INFORMATIVAS
| |
| |

|
La Oficina de Contratación Administrativa les estará informando sobre aspectos importantes sobre la nueva Ley de General de Contratación Pública Decreto Legislativo N° 9986, y cuáles serán los impactos en el Banco de Costa Rica.
| |
| |
Estudio de mercado (Art.34 LGCP)
|
| |
⇒ Descargar documento: Publicación de RFI
| |
| |
Además, tomar en consideración:
|
| |
- En caso que, posterior a realizar el estudio de mercado se incluya o se modifique las especificaciones técnicas, estas deberán someterse nuevamente a consulta pública o según valoración de la oficina usuaria a las empresas que dieron respuesta al estudio de mercado, con el fin de contar con el precio del mercado actualizado del bien o servicio a contratar.
- En caso de, no recibir información en un estudio de mercado, se pueden utilizar como un insumo más las ofertas elegibles recibidas en otros procedimientos.
- La Administración debe considerar lo indicado en el artículo 17 Catálogo y Banco de Precios de la presente ley como un insumo más, los datos y la información que genere el sistema digital unificado serán puestos a disposición para su utilización tanto por la Dirección de Contratación Pública como por cualquier otro interesado, para la generación de análisis comparativos por atributos tales como el objeto, la cantidad, la modalidad de contrato, los precios adjudicados o los estudios de mercado, entre otros.
- La Administración utilizará esa información para la presupuestación o para la determinación de la razonabilidad del precio, conforme se determine en el reglamento de esta ley.
|
|
|
|
|
|
Para consultas relacionadas, por favor comunicarse al correo electrónico:
contratacion_administrativa@bancobcr.com
|
|