PÓLIZAS COLECTIVAS DE VIDA PROTECCIÓN CREDITICIA Y COVID -19
Informamos que los contratos Colectivos de Vida Protección Crediticia que cubren los créditos del BCR, no poseen exclusiones para la cobertura de muerte, por tanto si brindan cobertura en caso de que la causa de la muerte sea COVID-19.
TRÁMITES DIGITALES PARA PÓLIZA DE DESEMPLEO
Les recordamos los requisitos para que nuestros clientes puedan iniciar un reclamo con el Seguro de Desempleo asociado a su operación de crédito del BCR:
- Copia fiel de la carta de despido: el funcionario de la oficina debe validar la carta original y dejarse una copia.
- Declaración del asegurado de que no percibe otras remuneraciones: Carta dirigida al INS, confeccionada por el cliente, en la cual indique si recibe o no otras remuneraciones.
Todos los requisitos pueden enviarlos de forma escaneada al correo bcrseguros@bancobcr.com o al whatsapp 8785-1111.
Importante: La póliza aplica solo para aquellos casos donde el cliente haya sido despedido con responsabilidad patronal y haya superado el periodo de carencia (2 meses), recordar que el primer mes es el deducible, no aplica para los recientes casos de suspensión del contrato sin embargo el cliente puede presentar la documentación para que reciba la respuesta oficial del INS.