De acuerdo con las nuevas medidas emitidas el sábado 8 de agosto por el Gobierno de la República, se informa los horarios que deben aplicar a partir del martes 18 de agosto (en razón de que el lunes 17 es feriado):
HORARIOS DE OFICINAS COMERCIALES
Oficinas comerciales con horario diurno:
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El horario de atención a clientes y usuarios, será de 8:30 am. a 4:00 pm.
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El horario especial para atender personas adultas mayores, mujeres embarazadas y personas con discapacidad será de 8:30 am. a 9:00 am. Si no hay clientes preferenciales se debe atender a los clientes y usuarios en general.
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El horario de las personas trabajadoras será:
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De 7:45 am. a 4:33 pm., para las personas trabajadoras que tienen una jornada diaria de 8:48 horas.
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De 8:45 am. a 4:30 pm., para las personas trabajadoras que tienen una jornada diaria de 7:45 horas.
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No deberán hacer boleta, ya que cumplen con su jornada diaria.
Oficinas comerciales con horario vespertino:
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El horario de atención a clientes y usuarios, será de 10:30 am. a 6:00 pm.
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El horario especial para atender personas adultas mayores, mujeres embarazadas y personas con discapacidad será de 10:30 am. a 11:00 am. Si no hay clientes preferenciales se debe atender a los clientes y usuarios en general.
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El horario de las personas trabajadoras será:
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De 9:45 am. a 6:33 pm., para las personas trabajadoras que tienen una jornada diaria de 8:48 horas.
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De 10:45 am. a 6:30 pm., para las personas trabajadoras que tienen una jornada diaria de 7:45 horas.
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No deberán hacer boleta, ya que cumplen con su jornada diaria.
Las Cajas Auxiliares laborarán según los convenios acordados.
OTROS HORARIOS:
Áreas de apoyo y Banca Corporativa:
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Cada Subgerente o Gerente Corporativo, determinará lo que corresponde a las oficinas a su cargo, considerando la aplicación de teletrabajo (para quienes cuenten con el contrato respectivo), o bien el trabajo presencial.
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El horario para las personas trabajadoras de todas las Áreas de Apoyo, vuelven a su horario normal a partir del martes 18 de agosto (horarios establecidos antes de la pandemia y cumpliendo con la jornada diaria).
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Las oficinas que mantienen horarios especiales, deberán de ser coordinados con el Subgerente o Gerente Corporativo respectivo.
Carta de autorización para restricción vehicular
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Para transitar en horario restringido, deberán portar la carta de autorización actualizada a partir del 01 de agosto, según lo dispuesto por las autoridades competentes. La carta debe ser coordinada con su superior jerárquico. El formato de la carta es el establecido por las autoridades y con una vigencia de dos meses
COVID 19 - Carta Restricción Vehicular vigente.docx
Sistema de asistencia:
- A los líderes, se les recuerda realizar la modificación del horario de su equipo de trabajo en el Sistema de asistencia.
MEDIDAS SANITARIAS:
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Medición de la temperatura previo al ingreso de las personas.
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Colocación de alfombras desinfectantes para los zapatos (pediluvios), a la entrada de las oficinas.
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El uso de mascarillas o caretas para el ingreso de clientes a todas las oficinas comerciales es obligatorio. A los clientes que no porten alguno de estos implementos no se les permitirá el ingreso a las instalaciones; el oficial de seguridad va a solicitar al cliente que se descubra el rostro, claro está que de previo se le suministra el alcohol en gel, siendo la única excepción cuando se trate de menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad.
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Los clientes, usuarios y visitantes, así como las personas trabajadoras de la Institución deberán someterse a la medición de la temperatura corporal mediante el uso de un termómetro digital infrarrojo, por parte del oficial de seguridad y/o el Gerente de Oficina.
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Además, se les recuerda que los compañeros de Áreas Comerciales quienes tienen interacción directa con los clientes, deben portar los protectores faciales (caretas o mascarillas) de forma correcta; estos dispositivos son de uso obligatorio y forman parte de la indumentaria del puesto.
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Es responsabilidad de TODOS, estar atentos dentro de las oficinas y llamar la atención de clientes y personas trabajadoras que se quitan el cubrebocas o careta, así como guardar distancia y aforo en los comedores.
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Asimismo, se recuerda que los Proveedores (Seguridad, Limpieza, Reparaciones, Mantenimiento por outsoursing, entre otros) deben utilizar el equipo de protección correspondiente (careta / mascarilla). Agradecemos su apoyo para que se cumpla con esta directriz.

