|
Se les recuerda que el BCR debe designar como usuarios autorizados del CICAC a las personas que hayan aprobado la capacitación correspondiente, esto con el fin de garantizar que posea los conocimientos necesarios para ingresar y hacer uso correcto del CICAC. (Según el oficio SGF-0636-2022 de la Sugef).
Para cumplir con este requisito, se ha diseñado un curso virtual, cuya certificación es obligatoria para todas aquellas personas trabajadoras de Banca de Personas, Banca Corporativa y Áreas de Apoyo, que, por sus funciones, requieran el acceso a la plataforma CICAC. La evaluación final del curso deberá superarse con una nota igual o mayor a 80.
Una vez aprobada la capacitación y con el fin de que se habilite su usuario, deberá reportarlo a @Rocio Elena Quiros Arias y @Fabiola de los Angeles Marrero Calderon, ambas colaboradoras de la Oficialía de Cumplimiento, para proceder con la creación del perfil que le corresponda. La capacitación podrá encontrarla en la Comunidad de la Oficialía de Cumplimiento, en el siguiente enlace: CICAC
|


