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La vigencia de esta información fue sustituida por la resolución DJUR-0132-09-2020-JM de la Dirección General de Migración y extranjería |
El miércoles 8 de julio se publicó en La Gacela la resolución DJUR-0105-07-2020-JM con las nuevas medidas administrativas temporales establecidas por la Dirección General de Migración y Extranjería ante la emergencia sanitaria; con el detalles de los procesos para la prestación de sus servicios, vigencias de los documentos y más.
Algunas resoluciones importantes de cara al BCR:
- Para todos los efectos, el plazo de permanencia legal autorizado a las personas extranjeras bajo la subcategoría migratoria de Turismo que ingresaran al país después del 17 de diciembre 2019, se prorroga hasta el día 18 de noviembre del 2020.
- SOBRE DOCUMENTOS DIMEX
- La vigencia de los DIMEX de personas extranjeras autorizadas para permanecer en el país bajo la categoría migratoria de Residencia Permanente, se tendrán por prorrogadas hasta el 30 de setiembre 2020. Sin embargo, la multa por no renovación establecida en el artículo 254 de la Ley General de Migración y Extranjería deberá obligatoriamente ser cancelada, salvo los meses de vencimiento que corren de diciembre 2019 en adelante, es decir, de diciembre de 2019 a setiembre 2020 no se pagará la multa.
- Se prorroga hasta el día 30 de setiembre 2020, la vigencia de todo DIMEX de las personas extranjeras autorizadas para permanecer en el país bajo la categorías migratoria de Residencia Temporal y Categorías Especiales, que hayan vencido con posterioridad al día 18 de diciembre de 2019.
- Vencido el plazo de prórroga automática que establecido en los dos puntos anteriores, la persona extranjera contará el plazo de tres meses que establece el artículo 129 inciso 10) de la Ley General de Migración y Extranjería número 8764, para realizar el trámite de renovación, conforme a la tramitación ordinaria establecida por el Reglamento de Extranjería (Decreto Ejecutivo 37112-GOB) y esta Dirección General, bajo el principio de autodeterminación administrativa.
- Se prorroga hasta el día 18 de octubre de 2020, la vigencia de todo DIMEX de las personas extranjeras autorizadas para permanecer en el país bajo la categoría migratoria de No Residente, Subcategoría Estancia, que hayan vencido con posterioridad al día 17 de marzo de 2020. Las personas extranjeras a quienes les venciera la Estancia en fecha anterior al 17 de marzo y no hayan realizado los trámites para su renovación o cambio de categoría migratoria, deberán egresar del país.

