Fondos Generacionales, un modelo de estrategia de inversión basada en el ciclo de vida
Mauricio Rojas Díaz
Gerente General de BCR Operadora de Pensiones
Introducción
La reforma que introduce los fondos generacionales a nuestro sistema de pensiones complementarias fue aprobada por parte del CONASSIF en la sesión 1838-2023, celebrada el 6 de diciembre del 2023, y debía entrar a regir el pasado 21 de marzo del 2025, sin embargo, esta fue totalmente suspendida y ahora entrará a regir el 22 de marzo del 2026.
Más allá de la justificación que se brindó para trasladar la implementación de la reforma por parte del CONASSIF, es importante explicar en qué consisten los modelos de estrategias de inversión basados en el ciclo de vida de los afiliados y en especial el caso de los fondos generacionales, y, por qué es importante reformar el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias.
Costa Rica cuenta con un sistema de pensiones multi pilar, lo cual nos diferencia del resto de países de la región, que en su mayoría se han decidido, ya sea por esquemas de contribución definidos1, o por esquemas de beneficio definidos2. A diferencia de estos países, Costa Rica cuenta con una combinación de “pilares” que le permiten diluir el riesgo que caracteriza a cada uno de los esquemas. El sistema cuenta con cuatro pilares.
Pilar 1: Contributivo obligatorio o contributivo básico
Es un esquema de capitalización colectiva con financiamiento de naturaleza tripartita (Estado, trabajadores y patrones), está orientado a trabajadores asalariados o independientes bajo un esquema de beneficio definido. Existen seis subregímenes de capitalización colectiva:
1. Invalidez, vejez y muerte (IVM) administrada por la Caja Costarricense del Seguro Social CCSS que posee al 92.1 de los afiliados al sistema
2. Capitalización Colectiva del Magisterio Nacional y cuya gestión está en manos de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional (JUPEMA). Este régimen absorbe el 6% de los afiliados.
3. Régimen Transitorio de Reparto del Magisterio Nacional, gestionado por JUPEMA, pero con carga al Presupuesto Nacional
4. Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial (FJPPJ) que cubre a todos los trabajadores y pensionados del Poder Judicial y sus dependencias y representa el 1% de los afiliados totales
5. Régimen de Pensiones y Jubilaciones de Bomberos Permanentes, administrado por el Instituto Nacional de Seguros (INS)
6. Regímenes contributivos administrativos por la Dirección Nacional de Pensiones (DNP) con carga al presupuesto Nacional y que está conformado por esquemas como el de Hacienda, el de Obras Públicas y Transportes y el del Registro Nacional, entre otros.
Pilar 2: Pensión Complementaria Obligatoria
Está compuesto por fondos de capitalización individual (cuentas individuales a diferencia de la capitalización colectiva) que se nutren de los aportes de los patronos y en menor medida de los trabajadores. Lo conforma el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementario (ROPC) que se constituyó a partir del año 2001 con La Ley de Protección al Trabajador N° 7983. Este pilar es de capitalización individual y es obligatorio para la población asalaria únicamente.
Pilar 3: Pensión Complementaria Voluntaria
Son fondos de pensiones complementarios de naturaleza voluntaria de capitalización individual administrados por operadores de pensiones. Dicho sistema se creó por medio de la Ley de Régimen Privado de Pensiones Complementarias N°7523 de 1995, pero fue modificado por medio de la Ley N°7983 que creo el ROPC. Su objetivo es autorizar y regular la creación de los sistemas o los aviones privados de pensiones complementarias y de ahorro individual, destinados a brindar a los beneficiarios, protección complementaria. Es un complemento de los otros regímenes para lograr una mayor pensión. Con miras a incentivar su uso se le otorgarán incentivos tributarios, los cuales solo se disfrutarán si el afiliado no retira los recursos hasta su jubilación.
Pilar 4: Pensión no contributiva o régimen no contributivo (RNC)
La pensión no contributiva se refiere a un programa de naturaleza asistencial que transfiere un determinado monto de dinero a personas en condición de pobreza o pobreza extrema que no han tenido acceso al sistema contributivo o no han cotizado durante un período mínimo establecido para acceder a una pensión. En el caso de Costa Rica, el esquema se dirige a personas adultas mayores, huérfanos o viudos(as) así como a personas con parálisis cerebral.
Reformas recientes
Los sistemas de pensiones se han venido reformando en los últimos años con miras a ajustarlos a la esperanza de vida de los afiliados, dos tercios de estos países aumentarán la edad de retiro, la mayoría cerrará brechas de género en la edad normal de retiro (es decir que tanto hombres como mujeres se jubilarán a la misma edad, solo 6 países, entre los que se encuentra Costa Rica, mantendrán su brecha de género).
La edad normal de retiro promedio se incrementará de 64.4 años para hombres a 66.3 años (para los que están comenzando a cotizar) en los países de la OCDE. Países como Dinamarca, Estonia, Italia, Holanda y Suecia tendrán una edad de retiro a los 70 años. En promedio un trabajador con un salario promedio que ha cotizado toda su vida laboral recibirá una pensión del 61% de los salarios netos, aunque hay países como Australia, Estonia, Irlanda, Japón, Corea, Lituania y Polonia en donde las tasas de reemplazo neto3 serán de 40% o menos4.
Coyuntura local
En el caso que nos ocupa, el ROPC, aunque se denomina régimen “complementario” irá adquiriendo una mayor importancia relativa dentro de la pensión a medida que se vayan ajustando los beneficios del primer pilar (principalmente el IVM de la CCSS), esto debido a que en la actualidad los beneficios que otorga este régimen no se encuentran acorde con la sostenibilidad de éste, de forma que, debe reformarse y muy probablemente los beneficios deberán ajustarse a la baja5.
De esta manera a medida que los trabajadores vayan acumulando mayor cantidad de años de cotizar en el ROPC, este proveerá una mayor porción de la pensión total. Por este motivo es clave para el sistema de pensiones contar con un ROPC fortalecido y eficaz.
Una forma de mejorar la eficacia del ROP, es acercar la gestión de las inversiones al perfil de riesgo del afiliado, lo cual es complejo cuando únicamente se cuenta con un fondo, ya que los afiliados tienen diversas características que derivan en distintos perfiles de riesgo. Es decir, en el ROPC confluyen afiliados que tienen mayor o menor apetito de riesgo, pero debido a que actualmente solo se cuenta con un fondo en donde se ubican todos los afiliados, no puede ajustarse la gestión de las inversiones al apetito de cada grupo de afiliados.
Estudios recientes
Por otra parte, existe un amplio consenso en la necesidad de invertir en acciones los recursos de los fondos de pensiones con miras a obtener mayores tasas de reemplazo. En los portafolios de fondos de contribución definida de los países de la OCDE, las inversiones en acciones representan más del 40% en 13 de los 38 países. El análisis de la OCDE muestra que una mayor inversión en generalmente trae un rendimiento promedio más alto al comparar los fondos de pensiones de contribución definidos que tienen diferentes niveles de exposición a acciones dentro de los países o dentro de las entidades de pensiones.
Por su parte, calculando en los rendimientos históricos de las clases de activos seleccionados, una gran mayoría de las cohortes (al menos el 80%) en 19 diferentes países de la OCDE habrían acumulado más activos al momento de la jubilación si hubieran invertido al menos parte de sus ahorros para la jubilación durante 40 años en una mezcla de acciones nacionales y extranjeras en lugar de solo invertir en valores fijos nacionales (bonos de gobierno).
Sin embargo, la inversión en acciones también puede generar resultados indeseables tanto para las personas como para la sociedad en su conjunto. Los estudios realizados para la OCDE, evidencian que una mayor exposición a acciones se ha convertido en una mayor volatilidad de los rendimientos. Asimismo, las tasas de reemplazo tienden a fluctuar más cuando se invierte en renta variable y esta volatilidad también se manifiesta durante la etapa de retiro si los fondos permanecen invertidos en acciones en lugar de instrumentos de renta fija. Esta mayor complica la incertidumbre en la planificación financiera individual para la jubilación.
También se observa una mayor desigualdad entre generaciones, ya que personas con trayectorias laborales similares pueden llegar a acumular niveles muy distintos de ahorro para el retiro, simplemente por haber experimentado períodos distintos de alta volatilidad en los mercados bursátiles.
Las pensiones pueden verse fuertemente afectadas por caídas del mercado accionario cuando estas ocurren cerca del momento de la jubilación. Según la OCDE, la mediana de la tasa de reemplazo de una cartera compuesta por acciones cae de 39% a 31% si se presentará una disminución de al menos 10% en el mercado accionario durante el último año antes del retiro, asumiendo que la persona adquiere una renta vitalicia. Las estrategias de inversión basadas en el ciclo de vida de los afiliados (como los fondos generacionales), ayudan a mitigar este riesgo.
Estas estrategias mantienen una alta exposición a acciones en las etapas iniciales de acumulación y la van reduciendo gradualmente a medida que se acerca el retiro, de forma que aprovecha la acumulación en las primeras etapas y minimiza las pérdidas cuando el capital acumulado es más alto. Aunque una cartera puramente accionaria supera las estrategias basadas en el ciclo de vida en términos de tasa de reemplazo, en más del 75% de las simulaciones, estas últimas logran mejores resultados en aproximadamente un 40 a 50% de los casos cuando se produce una caída en los mercados bursátiles, justo antes de la jubilación.
Los fondos generacionales son un tipo de fondos con estrategias de inversión basadas en el ciclo de vida de los afiliados, que permiten mejorar el desempeño general de las pensiones al maximizar el uso de acciones cuando el afiliado se encuentra en etapas iniciales de acumulación y ajustar el portafolio hacia uno menos volátil cuando se acerca al retiro. Es por este motivo que se ha propuesto la reforma para incorporar esta figura en el ROPC.
La SUPEN presentó la hoja de ruta en el año 20236 para la implementación de los fondos generacionales basando el proyecto en cinco principios básicos: protección a los afiliados y pensionados, aplicación clara y ordenada, mejora en la gestión de las inversiones, comunicación y coordinación con el sector y menor afectación operativa. Además, presentó como beneficios del proyecto: que son fondos independientes para adecuar las inversiones a la edad del afiliado, protege a los afiliados próximos a pensionarse de las volatilidades de los mercados financieros, mejora la tasa de reemplazo, especialmente en los grupos más jóvenes y orienta la atención hacia el largo plazo en beneficio de los afiliados.
La SUPEN estimó en aquel momento que por cada 1% de rendimiento que se logra incremento en la vida laboral, la pensión puede mejorarse en un 20%, de forma que los gestores de inversiones pueden lograr diseñar estrategias particulares en función de las características particulares en función de las características de sus afiliados, reconociendo las diferencias en las etapas de vida, lo cual permite asignar las inversiones con balance riesgo-rendimiento acorde con las posibilidades de cada cohorte.
La reforma planteó la creación de cuatro fondos generacionales basados en la fecha de nacimiento de los afiliados debido a que; utilizar la fecha de nacimiento favorece la ubicación de la persona en el grupo (cohorte) correspondiente, con cuatro fondos se logra distribuir los saldos de manera semejante y se deja uno abierto para recibir los nuevos afiliados. De esta forma, los cuatro cohortes establecidos son:
- Fondo A: nacidos en 1969 y con anterioridad. En la entrada en vigor de la reforma podrá invertir hasta un 100% en deuda7 y hasta un 30% en Títulos Representativos de Propiedad (TRP)8.
- Fondo B: nacidos entre los años 1970 y 1979. En la entrada en vigor de la reforma podrá invertir hasta un 100% en deuda y hasta un 50% en TRP.
- Fondo C: nacidos entre los años 1980 y 1989. En la entrada en vigor de la reforma podrá invertir hasta un 90% en deuda y hasta un 60% en TRP.
- Fondo D: nacidos en 1990 y con posteridad. En la entrada en vigor de la reforma podrá invertir hasta un 80% en deuda y hasta un 70% en TRP.
Con la implementación de los fondos generacionales se introduce un nuevo concepto básico para este tipo de modelos, la trayectoria de inversión (glidepath), de forma que cada fondo debe contar con una trayectoria optimizada que muestrear como se va recomponiendo el portafolio de inversiones hacia una disminución del riesgo conforme la cohorte correspondiente se va envejeciendo.
Por su implicación y esfuerzo por parte de la Industria de Pensiones, esta reforma es la más relevante desde la entrada en vigor de la Ley de Protección al Trabajador.
Conclusión
Es importante permitir a las Operadoras de Pensiones utilizar los modelos de estrategias de inversión basados en los ciclos de vida del afiliado, que, aunque no tienen impacto en el primer pilar del sistema de pensiones que se encuentra urgente de reformas que garanticen su sostenibilidad en el mediano plazo, tendrían un impacto en el segundo pilar, ya que mejoraría la eficacia del ROPC.
Esta mejora se presenta debido a que se permite agrupar a los afiliados según su edad o perfil de riesgo. Al realizar esta agrupación se pueden gestionar los portafolios de inversión de forma más adecuada a las características de cada cohorte, permitiendo asumir más riesgo a las cohortes más jóvenes (invertir mayoritariamente en acciones) y por ende mejorar su tasa de reemplazo, mientras que las cohortes de mayor edad pueden disminuir el riesgo de sus inversiones al encontrarse más cerca del retiro.
En la actualidad, los entes reguladores y supervisores se encuentran revisando los beneficios de la reforma propuesta que introduce los fondos generacionales. Independiente de los resultados que se obtengan, es importante que no se pierda de vista la necesidad de reformar el ROPC, de forma que se permita introducir las estrategias de inversión basadas en el ciclo de vida en la gestión de estos, lo cual permitirá a los cohortes más jóvenes aumentar la tasa de reemplazo ya los próximos a pensionarse a disminuir la volatilidad, todo a favor de un ROPC más eficaz que venga a fortalecer el segundo pilar de nuestro sistema de pensiones.
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1 Los esquemas de contribución definida son aquellos en donde la contribución de patrones y empleados está definida y no se garantiza los beneficios.
2 Los esquemas de beneficio definidos son aquellos que garantizan el monto de la pensión, normalmente son administrados por un ente público que asume el riesgo de garantizar la pensión.
3 La tasa de reemplazo neta se refiere al porcentaje del ingreso neto (después de impuestos y contribuciones) que un trabajador mantiene al jubilarse en comparación con su ingreso neto justo antes de pensionarse.
4 Pensiones de un panorama 2023, indicadores de la OCDE y del G20.
5 Recientemente la SUPEN hizo entrega de un paquete de opciones para reformar el IVM de la CCSS y darle sostenibilidad en el largo plazo.
6 Presentación de la SUPEN a los medios de prensa en 2023.
7 Instrumentos financieros en los que su emisor está obligado al pago del principal de la inversión en un plazo y condiciones definidas, así como los ingresos según lo establecido en las características de la emisión,
8 Activos financieros que representan una porción de la propiedad del capital emisor, fondo de inversión o vehículo de propósito especial. Su rentabilidad se determina por el cambio en su valor, producto del desempeño económico obtenido.