La propia gerente de una sucursal bancaria de Bogotá era la jefa de una banda llamada los informáticos, la organización usaba los datos privados de los clientes para hacer millonarias transferencias.
Le invitamos a ver el siguiente caso
El Código de Ética del CFBCR dice:
“Las personas sometidas a este Código deberán guardar secreto profesional respecto a datos o información no pública que conozcan como consecuencia del ejercicio de su actividad en el Conglomerado Financiero BCR, ya sea que se refieran a clientes, funcionarios, directivos o negocios del Conglomerado Financiero BCR.
La violación del principio del secreto bancario y bursátil se considerará una falta grave a las obligaciones de todo funcionario del Conglomerado Financiero BCR y además, puede ser sancionada con penas de prisión, multas y el pago de daños y perjuicios...” Artículo 8 del Código de Ética Corporativo del CFBCR
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Deje su comentario: ¿Qué elementos de prevención considera que fallaron en este caso? ¿Qué acciones pudieron realizarse para prevenir el fraude? ¿Qué otro artículo del la normativa interna del BCR aplica para un caso como estos? |


