Debido al incremento de reclamos por retiros de dineros correspondientes a expedientes judiciales, mediante la utilización de poderes que según los beneficiarios no han emitido, es necesario realizar nuevamente una alerta y agregar nuevas condiciones dado que la banda de estafadores esta cambiando su modo de actuar y ahora utilizan poderes generalísimos sin límite de suma.
Por lo anterior solicitamos se extremen las medidas según se detalla:
Retiros Expedientes Judiciales
Poder Especial
Revisar:
- Vigencia (validez de un mes).
- Que el papel de la certificación sea el que contiene código de barras y sello de agua.
- El código QR.
- Que contenga los timbres de Ley.
- Debe ven ir acompañado de la leyenda de autenticación de las firmas.
- La firma del notario.
- Debe ser claro, preciso y estar detallado todo; nada deber ser interpretado (por ejemplo números de autorización y sus montos exactos).
- Validar que el notario se encuentre activo.
Poderes Generalísimos sin límite de suma
Revisar a la certificación cuando es digital lo siguiente:
- Vigencia (validez 15 días naturales).
- Que la persona que se presenta sea el apoderado generalísimo.
- Verificar en el sitio www.rnpdigital.com verificación de certificaciones la emisión de la certificación.
Para todos los casos recomendamos
- Realizar llamada al beneficiario del expediente, con la finalidad de confirmar que verdaderamente otorgó el poder a la persona en ventanilla
- Consulta gratuita TSE de la cédula (validar que el cliente no esté fallecido, tanto la persona en ventanilla como el beneficiario del expediente)
- Revisar cédulas con luz ultravioleta.
- Consultar la imagen de la cédula digitaliza en nuestros sistemas (BCR CLIENTES/BCR DOCUMENTOS).
- Si no es cliente o no se encuentra el documento consultar la cédula en los sistemas SID para retiros superiores a ¢1,000,000.00 ya sea en un tracto o suma de varios retiros al mismo tiempo
- Revisar a todas las personas involucradas en el trámite en el 628 (Consulta de Datos Generales) de forma que si se genera alguna alerta en los sistemas, deben comunicarse con Investigaciones de inmediato.
- Si el dinero va otra institución por medio de transferencia SINPE verificar las cédulas destino.
- No sellar los voucher encima de la firma del cliente o los datos, tomando en cuenta lo indicado en la normativa B-26-20, Procedimiento para el trámite de depósitos judiciales, Pago de depósitos judiciales en ventanilla, Actividad 29: Sellar los dos tantos del comprobante en el reverso.
Cualquier consulta adicional, favor comunicarse a la extensión 99911 o al correo electrónico PER Investigaciones (0069) (PER_0069@)



