
Aclaración sobre el pago del Timbre Fiscal
Según nota publicada en Somos BCR en la primera semana de diciembre del 2024, con la entrada en vigencia de la Ley N° 10586 conocida como Ley de Simplificación de Impuestos para Levantar la Eficiencia y Competitividad (Fase 1), publicada en el Diario Oficial La Gaceta, el timbre fiscal fue derogado.
En virtud de lo anterior, se les recuerda que no se debe pagar el timbre fiscal en ningún caso relacionado con temas de Contratación Administrativa.
Resaltando, que por razones relacionadas con el cumplimiento de pagos con otras instituciones, se mantiene habilitada la opción de pago de timbres fiscales en el sistema de Tasación Electrónica.
Cualquier consulta con respecto a este tema por favor dirigirse a las siguientes cuentas:
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O a las extensiones 13747 y 20236

