¿Cuándo puede el afiliado retirar los recursos del ROPC?
La Ley de Protección al Trabajador define el ROPC como un complemento a la pensión y por lo tanto está destinado a ser un fondo que se retire como una modalidad de pensión adicional a la que le defina el régimen básico del IVM de la CCSS o su régimen sustituto.
Así las cosas, una vez el IVM o el Régimen Sustituto lo declare pensionado, puede realizar la gestión de retiro de ROPC con BCR Pensiones.
Documentos que debe presentar el afiliado:
- Cédula de Nacional.
- Documento de Identidad Migratorio para Extranjeros (DIMEX).
- Documento de Identificación de Diplomáticos (DIDI).
- Pasaporte.
- Extranjeros deben adjuntar adicionalmente copia de la orden patronal o el carné de asegurado.

