¿Podrán los afiliados seleccionar el Fondo Generacional al que desean pertenecer?
Inicialmente el traslado a los Fondos Generacionales se realizará de manera automática según la fecha de nacimiento de cada afiliado.
Los afiliados podrán trasladarse de Fondo Generacional al cumplir cinco años de permanencia en el fondo asignado. Este traslado podrá realizarse al grupo generacional inmediatamente anterior o posterior al que se encuentra. Lo anterior quiere decir que si un afiliado ha sido ubicado en el fondo B podrá trasladarse a los fondos A o C; no así al D.
Como excepción de lo anterior, no podrán trasladarse de fondo las personas pensionadas del Fondo A.
Los afiliados que hayan ejercido su derecho a trasladarse de un Fondo Generacional a otro dentro de una misma operadora, una vez cumplida la permanencia de cinco años, únicamente podrán trasladarse al fondo que por su fecha de nacimiento les corresponde.

