A continuación les mostramos el video explicativo sobre los cambios realizados para el retiro acelerado del ROP de acuerdo a lo indicado por la Ley para resguardar el derecho de los trabajadores a retirar los recursos de la pensión complementaria N°9906.
En caso de que no pueda visualizar el video de CLIC AQUÍ
El enlace le llevará a autenticarse en la plataforma Microsoft Office 365
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BCR Pensiones inició el depósito de las solicitudes de retiro del FCL, de acuerdo a los lineamientos emitidos por SUPEN para aquellos trabajadores que se vieron afectados por suspensión de contrato y reducción de jornada laboral con afectación de salario.
El primer proceso de pago inició el miércoles 8 de abril y el segundo se realizará el lunes 13 de abril en horas de la noche para las solicitudes recibidas del 6 al 10 de abril y que hayan cumplido con los requisitos establecidos.
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La Ley de Protección al Trabajador, además de crear el Régimen Obligatorio de Pensiones, incorporó también un Régimen Voluntario, donde usted puede elegir libremente cotizar a un fondo que le permita optimizar las condiciones de su pensión.
El principal objetivo es que este complemento voluntario le permita conservar su calidad de vida en su etapa de jubilación.
¿Quiénes pueden obtener un fondo voluntario?
- Trabajadores asalariados
- Trabajadores independientes
- Menores de edad
¿Por qué debe adquirir un fondo voluntario?
En nuestra experiencia del día a día, podemos ver que la mayoría de las personas pensionadas reciben como monto de pensión entre un 30% y 50% del último salario reportado antes de pensionarse, y a la fecha por la madurez del Régimen Complementario éste podría sumar un máximo de un 20% adicional, en un escenario optimista. Por lo que queda aún una brecha mínima del 20% que si no toma las previsiones necesarias, su ingreso como pensionado va a disminuir considerablemente y no podrá mantener su estilo de vida actual. Esta es la principal razón por la todos deberíamos contar con un fondo de pensión voluntario.
Requisitos para la apertura:
- Nacionales: cédula de identidad, comprobante de origen de fondos (orden patronal, Certificado de contador público autorizado (CPA) en caso de no ser asalariado).
- Extranjeros: Cédula de residencia o pasaporte, orden patronal o carné de seguro social.
En el caso de débitos directos se requiere llenar la Autorización de Deducciones.
¿Cómo se retira un Fondo Voluntario?
En el caso de los contratos suscritos después de la entrada en vigencia de la Ley de Protección al Trabajador, el afiliado debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber cumplido 5 años y 6 meses de permanencia en el fondo luego de su primer aporte ordinario.
- Haber realizado al menos 66 aportes ordinarios mensuales.
- Haber cumplido 57 años de edad. Esto le exime del cumplimiento de los 66 aportes, y solamente deberá cumplir el tiempo mínimo de permanencia.
- Si es menor a los 57 años de edad, deberá devolver al Estado los beneficios fiscales y cumplir con los requisitos de cantidad de aportes y tiempo mínimo de permanencia.
- Encontrarse en estado de invalidez o enfermedad terminal calificado por la CCSS o la Comisión Calificadora del Régimen Básico al cual pertenece.
- Ser pensionado del régimen básico de pensiones o sustituto.
La exoneración fiscal, existe para que el Fondo Voluntario se utilice como pensión complementaria al Régimen Básico y el Régimen Obligatorio, esa es la razón por la que si usted lo retira luego de los 66 meses de aportes ordinarios, pero sin haber cumplido 57 años de edad, debe reintegrar el beneficio. Por lo tanto, si al obtener un fondo voluntario sabe de antemano que va a retirarlo antes de los 57 años, le recomendamos no aplicar la exoneración al fondo.
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Ante la comunicación recibida por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) el pasado 26 de mayo, la cual dispuso suspender el traslado de los recursos de los afiliados (saldos) por el tiempo que dure la declaratoria de emergencia nacional, queremos aclarar lo siguiente:
- La suspensión aplica únicamente para el traslado de los dineros acumulados por el cliente, por tanto, la afiliación de los clientes entre OPC se mantiene.
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- Cada vez que se realice una afiliación en plataforma de servicios, el cliente debe firmar el explicativo adjunto, en donde acepta bajo qué condiciones está ejerciendo el derecho de libre transferencia entre operadoras, según lo establecido en el artículo 10 de la Ley de Protección al Trabajador.
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- Una vez firmado el explicativo con puño y letra o bien, por medio de firma digital, este se debe escanear o enviar una fotografía con toda la claridad para utilizar como evidencia, a la dirección electrónica opcservicioalcliente@bancobcr.com
- La decisión de esta suspensión se mantendrá vigente por todo el tiempo que dure la declaratoria de emergencia.
- La Oficina Virtual del SICERE, aún mantiene a disposición de los clientes el traslado de Operadora de Pensiones por medio de AUTO REGISTRO.
- Para el caso específico de los traslados efectuados desde el pasado 20 de mayo en adelante, no se ejecutó el traslado de dineros, lo cual quiere decir, que los saldos de los clientes se encuentran en la OPC de procedencia.
- Si el cliente desea realizar algún trámite de retiro (obligatorio o voluntario), BCR Pensiones realizará la gestión, por lo cual es importante asegurarnos que el cliente esté afiliado con nuestra OPC, para ello podemos tomar en cuenta lo siguiente:
- El cliente nos manifiesta que hace poco hizo el traslado de OPC.
- Cuando consultamos el cliente y este nos aparece afiliado, pero no hay saldos o son saldos muy bajos.
- En SICERE aparece afiliado a BCR Pensiones.
- Consultamos en el reporte de movimientos y a) solo aparecen aportes recientes sin tener el movimiento de traslado, b) no aparecen aportes.
Si el cliente tiene poco saldo, igual se le realiza el retiro y se le indica que nosotros solicitaremos a la operadora anterior los recursos.
Solo cuando no haya saldos registrados, la solicitud de retiro se le debe hacer manual (se adjunta) y se debe remitir a la dirección electrónica opcservicioalcliente@bancobcr.com, con los requisitos correspondientes. Para los demás casos, la solicitud de retiro se debe realizar en la Intranet de OPC.
- BCR Pensiones se encargará de hacer la gestión de solicitud de los recursos a la operadora anterior y ejecutaría el pago una vez que reciba los dineros y se compruebe el cumplimiento de requisitos según la normativa vigente. NO DEBEMOS ENVIAR AL CLIENTE A LA OPERADORA ORIGEN.
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A continuación, desarrollamos una serie de preguntas frecuentes que le permitirán conocer más acerca de los escenarios de pensión que serán parte del estado de cuenta de los Fondos Obligatorios y Fondos Voluntarios con corte al 31 de diciembre y que se enviarán en enero de cada año, esto según lo indica la SP-A-243-2021.
Estas proyecciones representan un instrumento de educación financiera que le permitirá a nuestros afiliados conocer diferentes escenarios sobre su futura pensión complementaria y en función de estos, valorar sus decisiones sobre los aportes a lo largo del tiempo y formarse expectativas objetivas sobre su futuro al momento de su jubilación.
1. ¿En qué consisten el anexo en los estados de cuenta?
Consiste en una proyección de los montos acumulados en las cuentas de los afiliados hasta la edad de jubilación (65 años) y por lo tanto, una proyección de la mensualidad de pensión que podría ser otorgada por los fondos complementarios (ROPC y Fondos Voluntarios).
2. ¿Todos los afiliados recibirán está información?
Las proyecciones serán enviadas a todos los afiliados que cuenten con cinco años consecutivos de permanencia en el Régimen Obligatorio de Pensiones o Fondo Voluntario que le permitan a BCR Pensiones un insumo estadísticamente válido y suficiente para hacer las proyecciones con mayor objetividad.
El adjunto con las proyecciones no aplica para los afiliados ya pensionados con BCR Pensiones.
3. ¿Los cálculos serán los mismos para todos los afiliados?
La metodología de estas proyecciones toma en cuenta diferentes factores tales como: saldo acumulado, densidad de cotización, rendimientos históricos, crecimiento de salarios, edad de jubilación y edad del afiliado; esto quiere decir que cada proyección es diferente para cada afiliado ya que los factores mencionados anteriormente pueden diferir entre unos y otros.
4. ¿Recibiré estas proyecciones todos los meses?
No, esta información se recibirá adjunta únicamente en el estado de cuenta con corte al 31 de diciembre que se distribuye en enero de cada año.
5. ¿Cómo puedo interpretar las diferencias entre un escenario y otro?
Las proyecciones le presentarán 3 escenarios optimista, moderado y conservador. La diferencia entre ellos es el uso de diferentes supuestos para cada uno de los factores utilizados en la metodología de proyección, en función de los datos estadísticos históricos, utilizando para ello los percentiles 95 o 90 la media estadística y los percentiles 5 y 10 según corresponda.
La edad tambien es un factor que hace diferencia entre cada escenario. Entre más joven es el afiliado mayor diferencia observará entre cada escenario, mientras entre más cerca se encuentre el afiliado a los 57 años en relación con las proyecciones de Fondos Voluntarios o los 65 años para el ROPC, más similires serán las cifras de cada escenario, esto debido a la cantidad de años que se proyectan y en consecuencia la estimación de mayor variabilidad de los datos.
6. ¿Además de las proyecciones existen más cambios en el estado de cuenta?
Sí, a estos estados de cuenta se incorpora un resumen de rendimientos y comisiones por producto del último semestre.
7. ¿Todas las operadoras aplican la misma metodología?
La Superintendencia de Pensiones en la la SP-A-243-2021 no define una metodología para estas proyecciones únicamente define los siguientes parámetros que pueden ser utilizados por todas las operadoras de pensiones:
a. Saldo de cada afiliado.
b. Densidades de cotización.
c. Rendimientos.
d. Crecimiento de salarios
e. Edad de jubilación para el régimen básico, sin anticipo, o bien, 57 años tratándose del régimen voluntario de pensiones complementarias.
8. ¿Puedo comparar la metodología utilizada por otras operadoras de pensiones?
Al no existir una metodología definida estás proyecciones no deben ser comparadas entre operadoras de pensiones ya que cada operadora puede definir parámetros distintos y adicionales a los que establece la SP-A-243-2021, lo cual hace que exista la posibilidad de que las metodologías sean distintas y por ello no puedan compararse
En caso de consultas pueden contactarnos al 2211-1111 opción 3.
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Porque todos Somos Uno nos hemos integrado al Whatsapp Empesarial del BCR 2211-1135, lo anterior con el propósito de brindar un mejor servicio a través de una plataforma tecnológica más robusta que nos permitirá mayor acercamiento a los clientes.
Es importante que tomen en cuenta que este servicio estará funcionando a partir del 01 de junio. El número 8522-7672 continuará activo con una respuesta automática que le indicará al cliente que debe escribir al nuevo número.
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Próximamente corresponde a las operadoras de pensiones la entrega del 4° quinquenio masivo, el cual recibe este nombre porque existe un grupo de trabajadores que laboran con un mismo patrono desde marzo del 2001, fecha en la cual se aprobó la Ley de Protección al Trabajador.
Este tipo de retiro es un derecho otorgado por la Ley de Protección al Trabajador, mediante el cual afiliado puede hacer uso de los recursos acumulados en su FCL cada cinco años, siempre que el trabajador se haya mantenido en ese lapso con el mismo patrono de forma ininterrumpida.
La contabilización de esos cinco años de continuidad laboral inicia una vez que se realiza la primera acreditación de los recursos a la cuenta individual del afiliado, o sea cuando el patrono le reporta en la de CCSS.
La fecha aplicable para el derecho de quinquenio se completa una vez concluido el mes de cumplimiento; por ejemplo, si usted cumple los 5 años de continuidad laboral en abril debe esperar que finalice el mes y en los primeros días del mes de mayo se estará realizando el pago correspondiente.
Lea también: Mitos acerca del retiro del Fondo de Capitalización Laboral (FCL)
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BCR Pensiones agradece de forma vehemente el trabajo realizado por cada uno de ustedes que en forma especial durante marzo, abril y mayo, vio incrementada de manera exponencial la demanda de servicio, producto de la Emergencia Nacional provocada por el COVID-19, que lamentablemente provocó a su vez un impacto importante en las condiciones laborales de muchos ciudadanos.
Como mecanismo de soporte a las familias, el pasado 04 de abril se publicó en el diario Oficial La Gaceta, una reforma al artículo 06 de la Ley de Protección al Trabajador que adiciona dos nuevos motivos por los que se puede tener acceso a los recursos del Fondo de Capitalización Laboral:
- Suspensión Temporal del Contrato
- Reducción de la Jornada Laboral
En el siguiente gráfico les mostramos el incremento en las transacciones:
Además, del impacto operativo que implicó la atención de esta cantidad de retiros, BCR Pensiones también experimentó un aumento sustancial en la cantidad de consultas realizadas por sus afiliados en los diferentes medios de contacto de la siguiente manera:
| Mes | Llamadas | Correos | Whatsapp | Total | | Febrero | 9.459 | 8.539 | 4.530 | 22.528 | | Marzo | 11.622 | 14.982 | 8.461 | 35.065 | | Abril | 25.661 | 10.929 | 12.425 | 49.015 | | Mayo | 17.573 | 11.557 | 6.716 | 35.846 | | Demanda Total | 54.856 | 37.468 | 27.602 | 119.926 |
El nivel de demanda fue 06 veces mayor a lo acostumbrado, estás situaciones nos demuestran que somos capaces de transformar los procesos para identificar las oportunidades de mejora y adaptarlos para que en cualquier otro momento, demostrando a nuestros clientes que podemos renovarnos para ser cada día mejores.
Estos resultados fueron posibles gracias a ustedes, que asumieron el compromiso y nos dieron su 100%, eso sencillamente nos hacer sentirnos orgullosos del Conglomerado al que pertenecemos y sobre todo del excelente trabajo en equipo.
¡Gracias compañeros!
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Asignación de oficinas BCR
A partir del 31 de octubre con el fin de brindar una atención más personalizada y ágil, fortaleciendo el apoyo OPC en cada sucursal, ahora contamos con más Ejecutivos OPC a su servicio, por lo cual hemos reasignado las oficinas.
Les recordamos que el número del Contact Center 2211-1111 es de uso exclusivo para nuestros Clientes y Afiliados. Las oficinas deberán localizar a su Ejecutivo OPC asignado a través de los medios disponibles.

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BCR Pensiones ha gestionado más de 6 000 solicitudes de FCL
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BCR Pensiones gestionó a la fecha, el pago de 6,488 solicitudes de retiro del FCL relacionadas con: despido, renuncia, suspensión de contrato, reducción de jornada laboral y por continuidad laboral, lo que representa un monto total ₡1, 262, 347,441.00, el cual se ha puesto a disposición de sus afiliados afectados a raíz del COVID-19.
Cuadro resumen:
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Motivo de retiro
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Cantidad
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Monto
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Reducción de Jornada laboral
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1,757
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₡473 922 928
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Suspensión de jornada
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1,127
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₡227 187 201
| |
Cesación laboral
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3,474
|
₡450 185 477
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Continuidad laboral /quinquenio)
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130
|
₡111 051 834
| |
Total
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6,488
|
₡1 262 347 441
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“Conscientes de alta demanda que ha tenido BCR Pensiones por parte de sus afiliados afectados por la situación del COVID-19 y del trasfondo social que ésta encierra; y con el propósito de facilitar y dar mayor agilidad al trámite de retiro del FCL, a partir de hoy se ofrece nuevo servicio de autogestión que lo afiliados pueden acceder a través del sitio informativo de BCR Pensiones” afirmó Mauricio Rojas Diaz, Gerente General de BCR Pensiones.
A este nuevo canal de autogestión se accede ingresando al enlace https://web.bancobcr.com/BCRPensiones
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A continuación les invitamos a ver la segunda parte del video retiro del ROP en el cual aclaramos algunas de las preguntas frecuentes sobre las formas de retiro, según lo indicado por la Ley N°9906.
En caso de que no pueda visualizar el video de CLIC AQUÍ
El enlace le llevará a autenticarse en la plataforma Microsoft Office 365
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El BCR Pensiones pone a disposición de sus afiliados, la posibilidad de ser atendidos por videollamada a través de su plataforma en línea y así evitarles el desplazamiento desde sus casas o lugares de trabajo.
El servicio está disponible desde este 23 de setiembre y para obtener la cita virtual, el afiliado debe ingresar a la página web www.bancobcr.com o llamar al 2211-1111, opción 3.
Mediante esta posibilidad se pueden realizar trámites como: asesoría en materia de pensiones, consultar o hacer trámites de retiro del ROPC, de Fondos Voluntarios y apertura del Fondo de Garantía Notarial.
“Esta novedosa modalidad de atención le permite a los afiliados realizar sus trámites de forma no presencial, pero atendidos con excelencia a través de nuestros ejecutivos expertos quienes mediante una video llamada, le brindarán la atención que requieran”, afirmó Mauricio Rojas Díaz, gerente general de BCR Pensiones.
Para los trámites que, por las leyes o disposiciones reglamentarias, requieren estrictamente presencia física también se puede solicitar cita a través de los mismos canales.
Las gestiones del retiro del Fondo de Capitalización Laboral (FCL), se continuarán realizando por las opciones con las que el BCR Pensiones ya cuenta:
· Autogestión del retiro en el sitio Web informativo, (no requiere logueo).
· Aplicación móvil BCR Pensiones.
· Sitio web transaccional www.bancobcr.com
Esta nueva forma de atención, se une a los demás canales que ofrece BCR Pensiones de forma no presencial como lo son el App BCR Pensiones, oficina virtual, correo electrónico bcrpensiones@bancobcr.com, WhatsApp 2211-1135 y BCR Pensiones Chat.
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BCR Pensiones les informa a todos aquellos compañeros que cuenten con algún Fondo Voluntario cuyo aporte se realice mediante deducción de planilla, que los rebajos se estarán realizando de forma quincenal, de conformidad con el cambio en la periodicidad de pago que se está aplicando a la planilla.
Eso quiere decir que si anteriormente el aporte total era divido en cuatro pagos ahora solo se dividirá en dos, aplicando uno en cada quincena.
Lo anterior debido a las modificaciones realizadas en el pago salarial que regirán a partir del mes de abril a los colaboradores del Conglomerado BCR y no se requerirá para ello la suscripción de ningún documento adicional.
Cualquier consulta puede escribirnos a este correo o bien llamarnos al 2211-1111 opción 3.
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Les informamos que para los casos en los que deban realizar el trámite de retiro de Fondos Voluntarios de forma manual, los documentos firmados por el afiliado se deberán escanear y enviar a la dirección de correo electrónico opcservicioalcliente@bancobcr.com, así como también enviar los originales a la Operadora de Pensiones, esto con la finalidad de agilizar el proceso de revisión y pago de los mismos.
Los documentos que se deben completar de forma manual para el retiro de Fondo Voluntario:
- Para los casos en los que el Fondo Voluntario pertenezca a la Ley 7523 y el contrato se encuentre vencido, o bien, para las personas mayores de 57 años que el contrato pertenezca a la ley 7523 o 7983 únicamente debe completar la orden de retiro descargar aquí.
- Los contratos que pertenezcan a la ley 7523 y 7983 que sean menores a los 57 años de edad y asalariados deben completar los siguientes documento:
- Orden de Retiro. Descargar aquí
- Carta de conformidad a la aplicación del artículo 15. Descargar aquí
- Declaración Jurada para el cálculo de incentivos fiscales y autorización para gestionar el trámite ante la Dirección General de Tributación Directa. (Se debe completar y firmar por el cliente el documento D407). Descargar aqu
- Los contratos que pertenezcan a la ley 7523 y 7983 que sean menores a los 57 años de edad y independientes deben completar los siguientes documento:
- Orden de Retiro.Descargar aquí
- Carta de conformidad a la aplicación del artículo 15. Descargar aquí
- Declaración Jurada para el cálculo de incentivos fiscales y autorización para gestionar el trámite ante la Dirección General de Tributación Directa. (Se debe completar y firmar por el cliente el documento D407 y el anexo 2-1).Descargar aquí
En caso de consultas nos puede contactar al 2211-1111 opción 3.
Recuerde que si se encuentra realizando teletrabajo los documentos descargables deben abrirse dese el escritorio virtual.
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Seguimos trabajando por brindar un servicio personalizado a las oficinas comerciales, con el fin de fortalecer el conocimiento de los colaboradores sobre el tema de pensiones; así como, también sobre todos los trámites que se realizan.
Cada oficina contará con un ejecutivo de OPC al cual podrán contactar a su número telefónico celular y extensión asignada.
A partir del próximo 31 de marzo quedará inhabilitado la extensión 12470.
Próximamente más detalles...
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En el siguiente video, Marianela Vilchez Ramírez, Supervisora de Servicio al Cliente de BCR Pensiones comparte con ustedes información relevante sobre la entrega del 4° quinquenio masivo:
En caso de que no pueda visualizar el video de CLIC AQUÍ
El enlace le llevará a autenticarse en la plataforma Microsoft Office 365
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BCR Operadora de Pensiones brinda consejos respecto al retiro masivo de FCL 2026
Este 2026 se cumplen 25 años de la entrada en vigor de la Ley de Protección al Trabajador, ley 7983. Dentro de sus disposiciones se estableció que los fondos acumulados en el Fondo de Capitalización Laboral (FCL) se entregarían cada cinco años, siempre y cuando:
- No existiera ruptura de la relación laboral
- La persona no se hubiese acogido a su pensión
El quinquenio de este año se cumple en marzo próximo, por lo que BCR Pensiones ofrece los siguientes consejos respecto a esta gestión:
- La entrega del FCL solo se realiza bajo solicitud, por lo cual puede realizar la gestión desde ya
- Prefiera utilizar los canales digitales para solicitar su quinquenio. En el caso de la operadora del BCR puede hacerlo ingresando aquí o a través del App BCR Pensiones o la Oficina Virtual del Banco de Costa Rica
- Antes de retirar su FCL realice un presupuesto, planifique en que lo invertirá, se recomienda no utilizarlo para cubrir gastos corrientes, teniendo presente que estos recursos son parte de la cesantía laboral en caso de quedar desempleado
- Valore transferir los recursos a un Plan Voluntario de Pensiones
- Si no lo necesita, no lo retire. Los fondos estarán disponibles para cuando lo requiera o cuando termine una relación laboral.
Ventajas de no retirar el FCL:
- Si no retira el quinquenio, los recursos se mantendrán disponibles hasta el momento en que usted realice el trámite correspondiente. Los recursos no tienen plazo de caducidad.
- En caso de quedar desempleado ese dinero acumulado le servirá para cubrir sus necesidades básicas.
- Son recursos inembargables
Otros aspectos relevantes:
- El Fondo de Capitalización Laboral es un ahorro que fue creado para dotar a la persona trabajadora de recursos que le permitan atender sus necesidades inmediatas ante una ruptura de relación laboral
- Los afiliados que pueden solicitar el retiro masivo son únicamente aquellos que hayan acumulado saldo en el FCL, producto de cinco años consecutivos de mantener una relación laboral con el mismo patrono a marzo 2026
- Aun cuando se gestione el retiro desde ya, el depósito se realizará a partir del 1º de abril
- El monto por depositar corresponde al saldo acumulado al último día del mes en que cumple cinco años continuos de relación laboral con el mismo patrono
- No es posible realizar retiros parciales
Para consultas sobre este tema o cualquier otra relacionado, BCR Operadora de Pensiones pone a disposición:
- WhatsApp 2211-1135 opción 5
Modificado el por Yuliana Monge Salazar 3F4AD545-FF1C-449D-9F2B-58BEEBEADF07 ymonge@bancobcr.com
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Iniciamos proyecto " Impulsando Campeones"
Este es un proyecto liderado por BCR Pensiones cuyo objetivo se enfoca en mejorar el servicio a las Oficinas Comerciales al brindar un acompañamiento a los colaboradores con la finalidad de incentivar y agilizar el traslado de clientes hacia BCR Pensiones. Además, de brindar las herramientas necesarias para reforzar las generalidades sobre el tema de pensiones complementarias mediante capacitaciones.
A partir de ahora, BCR Pensiones asignó a cuatro ejecutivos que estarán atendiendo con un servicio personalizado a las oficinas de las Gerencias Regionales asignadas.
Los colaboradores del BCR podrán contactar a cada ejecutivo al teléfono celular asignado y a su correo electrónico. Adicionalmente, se mantiene la atención mediante la siguiente dirección electrónica: opcservicioalcliente@bancobcr.com.
Este nuevo servicio viene a sustituir la atención brindada en la extensión 12470, la cual quedará inhabilitada a partir del próximo 31 de marzo del 2020.
Adicionalmente les indicamos los sectores atendidos por cada ejecutivo:
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@Steven Jossue Barboza Tapia81BCF710-84E1-467D-A3A6-C1EC2D568722
Correo electrónico:
sjbarboza@bancobcr.com
Celular: 8853-1713
Extensión: 12777
Sectores:
Gerencia Local de Guanacaste
Gerencia Local Comercial de Guanacaste
Gerencia Local de Puntarenas
Gerencia Local Norte Occidente
Gerencia Local Sur
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@Jorge Cubero Azofeifa54F5DAAC-5F41-4E24-AD93-FC371E4109DB
Correo electrónico:
jocubero@bancobcr.com
Celular: 8988-5893
Extensión: 12784
Sectores:
Gerencia Local Cartago
Gerencia Local Puntarenas
Gerencia Local Caribe
Gerencia Local Comercial Cartago - Caribe
Gerencia Local Norte - Occidente
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@Juan Esteban Arias Calvo446B1E81-A30B-448B-8736-EFFBF51C6879
Correo electrónico:
juarias@bancobcr.com
Celular: 8988-5920
Extensión: 12762
Sectores:
Gerencia Local Desamparados
Gerencia Local Guadalupe
Gerencia Local Oficina Central - Curridabat
Gerencia Local Paseo Colón
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@Josimar Garita Mena8AEAF736-269C-4CFB-BB2C-0C2DFC525224
Correo electrónico:
jgarita@bancobcr.com
Celular: 8948-6134
Extensión: 12761
Sectores:
Gerencia Local Escazú
Gerencia Local Alajuela
Gerencia Local Heredia
Gerencia Local Paseo Colón
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BCR Pensiones comunica que, en adelante, los trámites de retiro por fallecimiento se pueden incluir en la Intranet de BCR Pensiones únicamente si los beneficiarios se presentan con las certificaciones respectivas:
- La que indica los nombres e identificaciones de los beneficiarios que la CCSS haya designado, ejemplo:
- Otra que indica los porcentajes de beneficio que le corresponde a cada uno de los beneficiarios, ejemplo:
En caso de que quien se presente a hacer el trámite no cuente con las certificaciones indicadas, deben completar el formulario 13-21 dispuesto en DocuBCR (clic aquí para descargar por medio del escritorio virtual) y enviarlo al correo electrónico opcservicioalcliente@bancobcr.com indicando en el asunto Autorización Solicitud de Requisitos ROPC Fallecimiento.
Una vez recibido el formulario BCR Pensiones continuará con la gestión y se contactará con el cliente.
En caso de consulta pueden comunicarse al 2211-1111 opción 3.
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La Operadora de Pensiones del Banco de Costa Rica distribuyó entre sus afiliados el día de hoy, la suma de ₡1.107 millones, correspondiente al 50% de sus utilidades para el periodo 2019. Este saldo realizado a cada afiliado en su Fondo del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC), beneficia a 308.716 beneficiarios.
Cada afiliado a BCR Pensiones podrá ver reflejado este aporte, en su estado de cuenta del Fondo del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP) correspondiente al mes de marzo, como un ingreso por distribución de utilidades. El monto acreditado a cada afiliado es proporcional al saldo que mantiene con la operadora y el promedio ronda los ₡3.586,00.
“El incremento para los trabajadores adscritos a esta operadora, se obtiene gracias a la excelente gestión y la eficiencia de los procesos que realizamos en BCR Pensiones y representa un incremento cercano al 20%, respecto de las utilidades distribuidas en año anterior” aseveró, Mauricio Rojas, Gerente General de BCR Pensiones.
Este beneficio solamente lo gozan aquellos afiliados que forman parte de las carteras de clientes de las operadoras de pensiones de orden público según lo indicado en el artículo 49 de la Ley de Protección al Trabajador.
“Gracias al compromiso por administrar los gastos de gestión manera responsable y las inversiones en tecnología, es que BCR Pensiones ha logrado una mayor eficiencia de sus procesos, lo que se traduce en mejores resultados en beneficio de sus afiliados”, concluyó Rojas.
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A continuación, detallamos el cambio realizado en la forma de retiro del ROP que regirá a partir del 01/02/2020
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Ante la emergencia por la presencia del COVID-19 que vive el país, BCR Pensiones le invita a seguir todas las medidas y protocolos establecidos por el Ministerio de Salud, realizando sus trámites y consultas a través de nuestros medios electrónicos.
En el caso de que sea estrictamente necesario presentarse a realizar alguna gestión a nuestras oficinas le compartimos el horario de atención:
- Oficinas Comerciales del BCR y Plataformas de Servicios de BCR Pensiones atenderán al público en general de 8:00 a.m. a 2:00 p.m., de lunes a viernes.
- En las Oficinas Comerciales del BCR ubicadas en centros comerciales los trámites de BCR Pensiones se atenderán de 2:00 p.m. a 4:30 p.m. de lunes a viernes.
- Los días sábado y domingo ninguna Oficina Comercial del país laborará.
- Durante Semana Santa (de lunes a domingo), las Oficinas de BCR Pensiones se mantendrán cerradas.
- Nuestro horario de 8:00 a.m. a. 9:00 a.m. es exclusivo para la atención a los adultos mayores de 65 años y más, embarazadas y personas con capacidades disminuidas. En todas las Oficinas Comerciales del BCR y Plataformas de Servicios de BCR Pensiones, excluyendo las oficinas ubicadas en Centros Comerciales.
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Las operadoras de pensiones pueden tardar hasta 60 días naturales para realizar el pago del ROPC, sin embargo, BCR Pensiones cuenta con el proceso ágil para que nuestros afiliados reciban su pago en el mucho menos tiempo del establecido, con un tiempo promedio de pago de *35 días, de los cuales 31 días dependen de procesos a cargo de terceros.
Descargue el documento completo aquí
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¿Qué trámites se pueden realizar a través del App Móvil de BCR Pensiones?
Nuestros afiliados pueden realizar diversos trámites a través de nuestra App Móvil:
- Consulta de saldo y Estado de Cuenta
Consulta de saldo
Estado de cuenta
- Actualización de Información
Mis datos personales
Beneficiarios
FCL - Cese Laboral
FCL-Retiro de Quinquenio
Aporte al Fondo Voluntario
Pago Fondo de Garantía Notarial
- Verificar el proceso de mis solicitudes de retiro
- Medios de contacto
- Centro de Notificaciones
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