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BCR Pensiones crea Eco-bloques
Stephanie Hernandez Obando
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Impacto de los Gases Refrigerantes
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¡Impacto de los Gases Refrigerantes en el medio ambiente! En caso de no poder ver el video: Clic aquí
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¡Afiliarse a BCR Pensiones ahora es más fácil !
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¡ Afiliarse a BCR Pensiones ahora es más fácil !
Desde la Oficina Virtual CCSS podrá realizar la afiliación a BCR Pensiones Ingrese a: https://aissfa.ccss.sa.cr/afiliacion/ Este método es fácil, rápido y sencillo úselo y recomiende a sus clientes...
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Lo que debes conocer sobre Aguas Residuales
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¡Conoce más acerca de las Aguas Residuales ingresando aquí! |
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BCR Pensiones acreditada como una organización Carbono Neutralidad
Stephanie Hernandez Obando
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Trazando el camino hacia la digitalización
Stephanie Hernandez Obando
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BCR Pensiones le informa que a partir del 1° de febrero 2021 los siguientes servicios deberán ser realizados por el cliente únicamente de forma digital:
Retiro del FCL:
Citas Virtuales: 2211-1111 opción 3 y después marque opción 5. Gestiones:
La documentación correspondiente a estos trámites se podrá canalizar a través de las oficinas comerciales. ¡Súmese a la transformación digital!
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Conociendo el Fondo de Capitalización Individual (FCL)... Generalidades
Stephanie Hernandez Obando
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El FCL es un fondo creado con la finalidad de proteger al trabajador ante el caso de ruptura laboral y de fortalecer los recursos acumulados para su futura pensión. Se compone del aporte mensual del 3% del salario reportado al trabajador, lo aporta el patrono en su totalidad, pues forma parte de su derecho de cesantía. El trabajador tiene la opción de retirarlo en las siguientes condiciones:
1. Se interrumpe la relación laboral con un patrono por renuncia o despido. En este caso debe presentar una carta de despido donde se indique la fecha a partir de la cual ya no labora para la empresa, con la firma y nombre del puesto de la persona que suscribe la carta. Si el retiro es por renuncia es importante que la carta cuente con el acuse de recibido de la empresa, con una fecha clara de la misma, o se presente una nota emitida por el patrono donde se acepta la renuncia e indicando a partir de qué fecha. En el caso de renuncias que indiquen preaviso, el trámite se podrá realizar una vez concluido el periodo de preaviso.
Si el afiliado no cuenta con los documentos indicados BCR Pensiones puede ayudarle con la gestión, por lo cual el afiliado debe indicarnos un número de teléfono fijo del patrono que desea retirar, donde podamos confirmar la fecha de salida de la empresa.
2. Se cumple una relación continúa de trabajo con un mismo patrono por 5 años consecutivos. (Quinquenio). En este caso BCR Pensiones puede constatar este cumplimiento en el Sistema SICERE y solamente en caso de duda se le solicitará alguna carta aclaratoria por parte del patrono, principalmente en casos donde el patrono haya reportado al trabajador en una fecha distinta a la que realmente el afiliado inició la relación laboral.
3. Pensión del afiliado. La sola presentación de la certificación de pensión, le permite acceder a los recursos del FCL.
4.Fallecimiento del afiliado. En este caso los beneficiarios del afiliado, deben realizar el trámite respectivo ante el Juzgado de Trabajo más cercano al lugar de residencia del fallecido, para que éste determine los beneficiarios y el porcentaje de beneficio que BCR Pensiones debe distribuir entre cada uno de éstos.
Adicionalmente para realizar el retiro del FCL por rompimiento laboral o por quinquenio (laborar 5 años de forma continua con el mismo patrono) los afiliados pueden realizar la gestión de retiro ingresando a nuestra App BCR Pensiones o por medio del sitio web bancobcr.com |
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Iniciamos "Impulsando Campeones"
Stephanie Hernandez Obando
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Iniciamos proyecto " Impulsando Campeones"
Este es un proyecto liderado por BCR Pensiones cuyo objetivo se enfoca en mejorar el servicio a las Oficinas Comerciales al brindar un acompañamiento a los colaboradores con la finalidad de incentivar y agilizar el traslado de clientes hacia BCR Pensiones. Además, de brindar las herramientas necesarias para reforzar las generalidades sobre el tema de pensiones complementarias mediante capacitaciones.
A partir de ahora, BCR Pensiones asignó a cuatro ejecutivos que estarán atendiendo con un servicio personalizado a las oficinas de las Gerencias Regionales asignadas.
Los colaboradores del BCR podrán contactar a cada ejecutivo al teléfono celular asignado y a su correo electrónico. Adicionalmente, se mantiene la atención mediante la siguiente dirección electrónica: opcservicioalcliente@bancobcr.com.
Este nuevo servicio viene a sustituir la atención brindada en la extensión 12470, la cual quedará inhabilitada a partir del próximo 31 de marzo del 2020.
Adicionalmente les indicamos los sectores atendidos por cada ejecutivo:
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¡ BCR Pensiones inicia este 2020 con buenas noticias !
Stephanie Hernandez Obando
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¡A partir del mes de enero más rentabilidad y menos comisión!
Dicha medida se encuentra en vigencia desde el pasado 1º de enero gracias a lo cual ahora pasarán de cobrar 0,50% a 0,35% por la administración de los dineros.
¿Cómo me beneficia?
La baja en el cobro de la comisión genera un impacto directo de forma benéfica para los asociados a dicha operadora, pues implica que los contribuyentes del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROPC) tendrán mayor ingreso en estos, lo que al final forma parte del capital total con que se cuenta .
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Paso a paso para retirar el FCL
Stephanie Hernandez Obando
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Invite a los clientes a visitar nuestra página web informativa y realizar el retiro del FCL de forma ágil, rápido y segura. Recuerde que para utilizar este servicio debe contar con los datos de contacto actualizados.
Clic aquí para ingresar a la página web informativa.
En caso de que no pueda visualizar el video de CLIC AQUÍ El enlace le llevará a autenticarse en la plataforma Microsoft Office 365
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Nuevo Servicio BCR Pensiones
Stephanie Hernandez Obando
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El servicio está disponible desde este 23 de setiembre y para obtener la cita virtual, el afiliado debe ingresar a la página web www.bancobcr.com o llamar al 2211-1111, opción 3.
Mediante esta posibilidad se pueden realizar trámites como: asesoría en materia de pensiones, consultar o hacer trámites de retiro del ROPC, de Fondos Voluntarios y apertura del Fondo de Garantía Notarial.
“Esta novedosa modalidad de atención le permite a los afiliados realizar sus trámites de forma no presencial, pero atendidos con excelencia a través de nuestros ejecutivos expertos quienes mediante una video llamada, le brindarán la atención que requieran”, afirmó Mauricio Rojas Díaz, gerente general de BCR Pensiones.
Para los trámites que, por las leyes o disposiciones reglamentarias, requieren estrictamente presencia física también se puede solicitar cita a través de los mismos canales.
Las gestiones del retiro del Fondo de Capitalización Laboral (FCL), se continuarán realizando por las opciones con las que el BCR Pensiones ya cuenta: · Autogestión del retiro en el sitio Web informativo, (no requiere logueo). · Aplicación móvil BCR Pensiones. · Sitio web transaccional www.bancobcr.com
Esta nueva forma de atención, se une a los demás canales que ofrece BCR Pensiones de forma no presencial como lo son el App BCR Pensiones, oficina virtual, correo electrónico bcrpensiones@bancobcr.com, WhatsApp 2211-1135 y BCR Pensiones Chat.
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¿Cómo se retira un Fondo Voluntario?
Stephanie Hernandez Obando
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¿Cómo se retira un Fondo Voluntario?
En el caso de los contratos suscritos después de la entrada en vigencia de la Ley de Protección al Trabajador, el afiliado debe cumplir con los siguientes requisitos:
La exoneración fiscal, existe para que el Fondo Voluntario se utilice como pensión complementaria al Régimen Básico y el Régimen Obligatorio, esa es la razón por la que si el afiliado lo retira luego de los 66 meses de aportes ordinarios, pero sin haber cumplido 57 años de edad, debe reintegrar el beneficio. Por lo tanto, si al obtener un fondo voluntario sabe de antemano que va a retirarlo antes de los 57 años, le recomendamos no aplicar la exoneración al fondo. |
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Solicitud virtual de retiro de FCL
Stephanie Hernandez Obando
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BCR Pensiones inició el depósito de las solicitudes de retiro del FCL, de acuerdo a los lineamientos emitidos por SUPEN para aquellos trabajadores que se vieron afectados por suspensión de contrato y reducción de jornada laboral con afectación de salario.
El primer proceso de pago inició el miércoles 8 de abril y el segundo se realizará el lunes 13 de abril en horas de la noche para las solicitudes recibidas del 6 al 10 de abril y que hayan cumplido con los requisitos establecidos. |
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¡Somos Bandera Azul Ecológica!
Stephanie Hernandez Obando
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¡Vive la vida!
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La vida no se basa en lo que tenemos sino en lo mucho que la disfrutamos. Video tomado de YouTube y realizado por Fabien Weibel.
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Conozca nuestra pizarra informativa
Stephanie Hernandez Obando
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Modificado el por Stephanie Hernandez Obando
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Afiliados podrán gestionar el retiro de su FCL de forma más rápida
Stephanie Hernandez Obando
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BCR Pensiones gestionó a la fecha, el pago de 6,488 solicitudes de retiro del FCL relacionadas con: despido, renuncia, suspensión de contrato, reducción de jornada laboral y por continuidad laboral, lo que representa un monto total ₡1, 262, 347,441.00, el cual se ha puesto a disposición de sus afiliados afectados a raíz del COVID-19. Cuadro resumen:
“Conscientes de alta demanda que ha tenido BCR Pensiones por parte de sus afiliados afectados por la situación del COVID-19 y del trasfondo social que ésta encierra; y con el propósito de facilitar y dar mayor agilidad al trámite de retiro del FCL, a partir de hoy se ofrece nuevo servicio de autogestión que lo afiliados pueden acceder a través del sitio informativo de BCR Pensiones” afirmó Mauricio Rojas Diaz, Gerente General de BCR Pensiones.
A este nuevo canal de autogestión se accede ingresando al enlace https://web.bancobcr.com/BCRPensiones
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La República: Acciones contrarias a la justicia social y a la economía
Stephanie Hernandez Obando
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Acciones contrarias a la justicia social y a la economíaMiguel Angel Rodríguez marodrige@gmail.com | Lunes 24 febrero, 2020
Las reformas propuestas a la Ley de Protección al Trabajador para repartir anticipadamente los recursos del Régimen Obligatorio de Pensiones Contributivas (ROP) y del Fondo de Capitalización Laboral (FCL) son gravemente contrarias a la seguridad social que es la pieza fundamental de la justicia social, y afectarían muy negativamente al sector financiero y a las finanzas públicas, cuyo buen funcionamiento es esencial para el desarrollo económico. Eso las torna en amenazas a la paz social y al bienestar de los costarricenses.
El pasado 18 CONASSIF y SUPEN invitaron a la conmemoración de los 20 Años de vigencia de la Ley de Protección al Trabajador.
Los Presidentes del BCCR y de CONASSIF, el Superintendente de Pensiones ,la Viceministra de Trabajo, el Gerente de Pensiones de la CCSS, los representantes de UCCAEEP y del Estado de la Nación, el Presidente de la Asociación de Operadoras de Pensiones y en mi intervención “20 años protegiendo al trabajador: Logros y retos” (www.rodriguez.cr) coincidimos en lo dañinos que son esos proyectos para las pensiones de quienes terminen su vida laboral. El Sr Ministro de la Presidencia don Víctor Morales, quien fue una de las personas más importantes para la gestación y aprobación de la Ley de Protección al Trabajador cuando tuve el privilegio de que fungiera como Ministro de Trabajo en mi administración, también estuvo de acuerdo en la inconveniencia de esas reformas. Pero alegó razones políticas para ponerlo a discusión en la Asamblea Legislativa, y que allí se defienda la Reforma Social de Nuestro Tiempo contra los intereses electorales de quienes ceden ante la preferencia generalizada que tenemos las personas por un pequeño bien presente, aunque sea a costa de un grave daño futuro. Y no nos llamemos a engaño, el establecer esas medidas por un período limitado, no logra ocultar ni disfrazar su permanencia. Si ahora es políticamente oportuno ceder ante los intereses de corto plazo de los electores para tener ganancia electoral, ¿cuánto más atractivo será hacerlo al vencer esos períodos ya con el portillo abierto y el camino transitado?
Yo no puedo estar de acuerdo con esa posición de la Administración del Presidente Carlos Alvarado y espero desista de volver a convocar a sesiones extraordinarias ambos proyectos. Como ese día lo señalé, yo comparto con el Sr Presidente Carlos Alvarado su posición de que la responsabilidad de los gobernantes es actuar impidiendo abrir brechas contra los débiles y los pobres. Y deben hacerlo incluso aunque los pueblos se rindan ante la preferencia que todos tenemos por lo inmediato. Esa responsabilidad es aún mayor cuando se tiene el objetivo de cerrar brechas. En el diseño de nuestra institucionalidad deben las autoridades actuar igual que como lo deben hacer en el uso de los recursos naturales, sin perjudicar el bienestar de las generaciones futuras.
Ya en múltiples ocasiones he señalado los graves perjuicios que causan esas autorizaciones a retirar anticipadamente los recursos, pues reducen muy sensiblemente las futuras pensiones y los recursos para los trabajadores que pierdan su trabajo.
Ahora me interesa señalar los graves perjuicios que ocasionarían a la economía nacional.
Algunos pueden pensar que con estos atentados contra la seguridad social al menos se logra acelerar el crecimiento económico incrementando la demanda actual. Pero eso es falso. Uno de los principales determinantes del crecimiento es el nivel del ahorro nacional. Estas medidas además de sus perjuicios a la justicia social disminuirían el ahorro y por ende nuestro desarrollo, que más bien demanda estímulos para aumentar el ahorro nacional. Una de las mayores limitantes a nuestro crecimiento es el bajo porcentaje del ingreso que se ahorra, inferior a muchísimas naciones con niveles de ingreso por habitante similares al nuestro. La ley de Protección al Trabajador vino a aumentar nuestro escuálido ahorro con impresionantes resultados. (La Reforma Social de Nuestro Tiempo en WWW.rodriguez.cr) Si se aprueban estas iniciativas las operadoras de pensiones para pagar los retiros deberían liquidar 138 mil millones de colones en este año, y de ese monto aproximadamente 97 mil millones son bonos del gobierno. Y en los cuatro años las cifras serían 266 mil millones de activos que se deben redimir o vender en el mercado secundario, de los cuales títulos del gobierno serían aproximadamente 186 mil millones. Esto bajaría su precio, aumentando el peso de los intereses sobre el déficit fiscal, e incluso podría por la fragilidad fiscal provocar un contagio financiero. El gobierno está pidiendo autorización de emitir bonos de deuda externa. Si se dan estas reformas, con ese nuevo endeudamiento externo deberá el gobierno sustituir los bonos que liquidarán las operadoras de pensiones. Al final de cuentas se estarían emitiendo eurobonos para facilitar recursos a quienes ponen en riesgo su bienestar en la vejez. Espero que el BCCR, CONASSIF, SUPEN y el Ministerio de Hacienda alerten sobre estos costos al gobierno y a la Asamblea Legislativa.
¿Será posible que las autoridades del Ejecutivo y las señoras y los señores diputados quieran agravar de esta manera la precaria situación fiscal, fuertemente debilitada por los resultados de 2019 y la perdida de calificación de nuestra deuda externa?
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Noticia La República: Operadoras de Pensiones señalan inconsistencias...
Stephanie Hernandez Obando
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Operadoras de pensiones señalan inconsistencias en retiro de Fondo de Capitalización LaboralYessenia Acuña yacuna@larepublica.net | Viernes 07 febrero, 2020 07:40 am
Se afectarán los rendimientos de los afiliados, por venta anticipada de los títulos valores, según la Asociación Costarricense de Operadoras de Pensiones (Acop). La Asociación Costarricense de Operadoras de Pensiones (Acop) señala a los diputados los riesgos e inconsistencias que presenta el autorizar el retiro total y anticipado del Fondo de Capitalización Laboral (FCL). Lea más: ¿Retiro total del Fondo de Capitalización Laboral reactivaría la economía? Según Acop, el proyecto no generaría reactivación económica, sino aumento en la inflación y en las tasas de interés. Además, dejaría desprotegidos económicamente a los trabajadores en caso de un eventual despido. “El proyecto no cuenta con un estudio técnico o financiero que lo sustente, ni se ha realizado una evaluación, por parte de los proponentes, de los impactos negativos que causaría a la economía del país y a los trabajadores cotizantes del FCL”, dijo Hermes Alvarado, presidente de Acop. Lea más: "Pensiones sufrirían golpe con retiro en un solo tracto": Álvaro Ramos Por las implicaciones negativas que tendría para la economía nacional y para el bolsillo de los trabajadores, Acop sugirió a los diputados no acoger el proyecto. |
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BCR Pensiones atiende mediante citas virtuales y sin necesidad de visitar una oficinaGestiones de BCR Pensiones se pueden realizar sin necesidad de visitar una oficina.
Ofrecer a sus afiliados la mejor experiencia al utilizar sus productos y servicios, es uno de los objetivos de BCR Pensiones, por ello recuerda a sus afiliados que a través de sus canales digitales es posible realizar múltiples gestiones sin necesidad de presentarse a una plataforma de atención física.
Citas Virtuales:
En la misma página web de BCR Pensiones se pueden solicitar citas virtuales. De esta manera y a través de la plataforma en línea, los ejecutivos brindan la atención que la persona requiere, sin necesidad de desplazarse a una oficina de la entidad.
Otros canales de atención no presencial de la operadora son: correo electrónico bcrpensiones@bancobcr.com, WhatsApp 2211-1135, opción 5.
BCR Pensiones nunca solicitará, por ningún medio, datos confidenciales para realizar gestiones; tampoco enviará por mensajes o correo electrónico enlaces para acceder a páginas adicionales.
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Retiro de los fondos de pensiones por fallecimiento
![]() A continuación se detalla el proceso de retiro de los fondos de pensión en caso de fallecimiento del afiliado:
Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP)
Para el retiro por fallecimiento de este Fondo, es necesario que el titular y los beneficiarios conozcan el siguiente paso a paso:
Consultar ante el Régimen Básico o Sustituto la existencia de beneficiarios: Son los beneficiarios definidos en el *régimen básico o **sustituto al que pertenece el fallecido, los que podrán disponer del ROP. Cada beneficiario deberá elegir una de las modalidades de pensión complementaria disponibles según la normativa vigente.
Al no existir beneficiarios en el punto anterior corresponde a los establecidos en la operadora de pensiones: De no estar definido por el régimen que corresponda, serán los establecidos por el fallecido ante la operadora de pensiones. Si transcurridos los doce meses del fallecimiento del afiliado o pensionado no existen personas disfrutando o solicitando el derecho de pensión de sobrevivencia según el régimen básico o sustituto, los beneficiarios deberán gestionar el trámite ante la operadora de pensiones.
Los beneficiarios podrán elegir una de las modalidades de pensión complementaria disponibles según la normativa vigente o realizar un retiro único de los recursos acumulados en la cuenta individual.
Cuando no existen beneficiarios en los puntos anteriores: El saldo de la cuenta individual del fallecido podrá ser reclamado ante la autoridad judicial de trabajo que corresponda, por cualquiera que tenga interés legítimo en ello, según lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.
Fondo Voluntario
Para el retiro por fallecimiento de este Fondo, es necesario que el titular y los beneficiarios conozcan el siguiente paso a paso:
Cuando existen beneficiarios establecidos en la Operadora de Pensiones: Podrán realizar un retiro total de los recursos acumulados en la cuenta individual.
Cuando no existen beneficiarios definidos por el afiliado en la operadora de pensiones: El saldo de la cuenta individual del fallecido podrá ser reclamado ante la autoridad judicial de trabajo que corresponda, por cualquiera que tenga interés legítimo en ello, según lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.
Fondo de Capitalización Laboral
Los recursos se entregarán de acuerdo con las disposiciones del artículo 85 del Código de Trabajo, por medio de un proceso de “consignación de prestaciones de personas trabajadoras fallecidas”, a través del Juzgado de Trabajo más cercano donde residía el afiliado.
*Régimen Básico: Invalidez, vejez y muerte de la C.C.S.S. **Regímenes Sustitutos: Magisterio Nacional, Poder Judicial, entre otros.
¡Recuerde que en BCR Pensiones usted puede realizar la actualización de beneficiarios desde nuestro sitio web! Conózcalo ingresando aquí |
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Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP)
![]() El Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP), es un fondo constituido por los aportes de los patronos y los trabajadores, con el fin de otorgar una pensión mensual que complemente la pensión básica, ya sea del IVM o regímenes sustitutos.
En su mayoría los trabajadores recibirán el ROP en tractos mensuales, conocidos como Planes de Beneficio.
Requisitos para optar por la Pensión del ROP:
La certificación de pensión original debe presentarse solo en el caso de los regímenes sustitutos (Magisterio Nacional, Poder Judicial, entre otros).
En caso de ser extranjeros presentar DIMEX y carné del seguro social.
La cuenta depósito de la pensión debe ser en colones y estar a nombre del afiliado.
¡Le invitamos a ingresar a nuestro sitio web dando clic aquí para conocer más acerca del ROP! |
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¿Cómo consultar su estado de cuenta desde la web de BCR Pensiones?
Genere su estado de cuenta desde nuestros sistemas de autogestión
Desde nuestro sitio web: https://www.bancobcr.com/wps/portal/bcr/bancobcr/personas/bcr_pensiones/
Siga el paso a paso:
Desde el App BCR Pensiones:
¡Le invitamos a usar y recomendar nuestros medios de autogestión! |
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Mesa de ayudaEstimados(as) compañeros(as), Les compartimos el contacto de los ejecutivos OPC para la atención del BCR.
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Distribución de utilidades periodo 2025
Distribución de utilidades periodo 2025 Un beneficio adicional para nuestros afiliados… Este año distribuimos más de 1 000 millones de colones correspondiente al 50% de las utilidades del período 2025. Esta distribución beneficia a más de 316 000 afiliados al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC) en BCR Pensiones. Según dispone el artículo 49 de la Ley de Protección del Trabajador, las operadoras de capital público deben distribuir el 50% de sus utilidades netas, entre sus afiliados al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias.
Tome en cuenta la siguiente información:
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