Próximamente corresponde a las operadoras de pensiones la entrega del 4° quinquenio masivo, el cual recibe este nombre porque existe un grupo de trabajadores que laboran con un mismo patrono desde marzo del 2001, fecha en la cual se aprobó la Ley de Protección al Trabajador.
Este tipo de retiro es un derecho otorgado por la Ley de Protección al Trabajador, mediante el cual afiliado puede hacer uso de los recursos acumulados en su FCL cada cinco años, siempre que el trabajador se haya mantenido en ese lapso con el mismo patrono de forma ininterrumpida.
La contabilización de esos cinco años de continuidad laboral inicia una vez que se realiza la primera acreditación de los recursos a la cuenta individual del afiliado, o sea cuando el patrono le reporta en la de CCSS.
La fecha aplicable para el derecho de quinquenio se completa una vez concluido el mes de cumplimiento; por ejemplo, si usted cumple los 5 años de continuidad laboral en abril debe esperar que finalice el mes y en los primeros días del mes de mayo se estará realizando el pago correspondiente.
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